Nuevas normas de precios de transferencia: RG 5903/2026 y su impacto
La RG 5903/2026 unifica y reemplaza normas de precios de transferencia. Conoce a quién afecta, los nuevos umbrales y la documentación requerida.
30 de septiembre de 2026

¿Qué es la RG 5903/2026?
El 1° de julio de 2026 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la Resolución General 5903/2026. En un solo texto reúne el régimen de operaciones internacionales, los precios de transferencia y el Régimen Simplificado de Operaciones Internacionales. Con ella se sustituyen las antiguas RG 4.717 y 5.010 y se abrogan las RG 4.733, 4.759 y 5.798.
¿A quién afecta?
El nuevo marco está dirigido a los sujetos que realizan importaciones y exportaciones con partes vinculadas, es decir, empresas que venden o compran bienes y servicios a filiales, matrices o socios vinculados en el exterior. No se trata de monotributistas o profesionales independientes que operan exclusivamente a título personal, sino de responsables inscriptos y pymes que forman parte de una cadena productiva internacional.
Principales cambios
- Umbral de presentación del formulario 2668: el monto anual que obliga a presentar la información sube de $500 millones a $7.500 millones de dólares. Solo los contribuyentes que superen este nivel deberán presentar el formulario y la documentación asociada.
- Alcance de las operaciones vinculadas: se mantienen incluidas aquellas que generen rentas exentas o no alcanzadas por el impuesto, ampliando el espectro de operaciones a declarar.
- Documentación obligatoria: se exige conservar datos de la propia empresa y de la contraparte (incluido su NIF), una descripción clara de la operación, los contratos, facturas, estudios de comparabilidad y cualquier otro elemento que respalde la fijación de precios.
¿Qué implica para tu empresa?
Si tu compañía supera el nuevo umbral, tendrás que:
- Presentar el Formulario 2668 en la declaración jurada correspondiente.
- Armar un archivo digital con toda la documentación señalada.
- Mantenerla disponible durante el período de prescripción (5 años) para eventuales fiscalizaciones.
En caso de que tu facturación sea inferior al umbral, la obligación de presentar el formulario desaparece, pero sigue siendo necesario conservar la documentación que demuestre que los precios se establecieron bajo criterios de plena competencia, ya que la AFIP puede requerirla en cualquier momento.
Pasos prácticos para cumplir con la RG 5903/2026
1. Revisión de la facturación anual: verifica el total de operaciones internacionales con partes vinculadas. Si el acumulado supera los $7.500 millones, planificá la presentación del formulario.
2. Actualización de contratos y políticas de precios: asegúrate de que todos los contratos incluyan cláusulas que justifiquen el precio de mercado, y que los estudios de comparabilidad estén actualizados a la fecha de la operación.
3. Centralización de la documentación: crea un repositorio digital (idealmente en la nube) que contenga:
- Datos identificatorios de la empresa y de la contraparte (razón social, domicilio, NIF).
- Descripción detallada de la operación (producto, cantidad, condiciones de entrega, Incoterms, plazos).
- Facturas, guías de despacho y comprobantes de pago.
- Estudios de comparabilidad, análisis de funciones, riesgos y activos (FRA).
- Correspondencia electrónica que respalde la negociación.
4. Capacitación interna: formá a los equipos de compras, ventas y finanzas sobre los requisitos de la nueva normativa. Un error común es delegar la responsabilidad sin contar con la documentación adecuada.
5. Consulta con tu estudio contable: un profesional puede ayudarte a determinar si tu empresa está dentro del alcance y a preparar el formulario 2668 de forma correcta.
Beneficios de cumplir a tiempo
Más allá de evitar sanciones (multas que pueden llegar al 150% del impuesto omitido), el cumplimiento brinda mayor claridad financiera y facilita la negociación con socios extranjeros, que valoran la transparencia fiscal.
Conclusión
La RG 5903/2026 simplifica la normativa al concentrar varios regímenes en un solo texto, pero eleva el umbral de presentación y refuerza la obligación de conservar documentación detallada. Para monotributistas y profesionales independientes no representa una carga directa, mientras que para responsables inscriptos, pymes y empresas con operaciones internacionales es esencial revisar la facturación, actualizar la documentación y contar con apoyo contable especializado.
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