Monotributo

Nuevas categorías y valores del Monotributo a partir de agosto 2026

Conocé los cambios en la tabla del Monotributo que entran en vigor en agosto 2026 y cómo afectan a los contribuyentes.

22 de julio de 2026

Tabla de categorías del Monotributo a partir de agosto 2026

¿Qué cambia en la tabla del Monotributo a partir de agosto 2026?

El Servicio de Administración Tributaria (AFIP) actualizó los parámetros del Monotributo con vigencia a partir del 1 de agosto de 2026. Esta modificación implica nuevos topes de ingresos brutos, ajustes en los importes a pagar y la incorporación de exclusiones específicas. Para los monotributistas, responsables inscriptos, profesionales independientes y pequeñas empresas, es fundamental entender qué implica cada cambio y cómo adecuar su situación tributaria.

Resumen de los principales cambios

  • Actualización de los ingresos brutos máximos por categoría. Cada categoría (A a K) recibió un ajuste que refleja la inflación acumulada y la evolución del poder adquisitivo.
  • Modificación de los valores a pagar. Se revisaron los componentes del impuesto integrado (impuesto, obra social y aportes jubilatorios) para mantener la equidad del régimen.
  • Exclusiones de la obligación de pagar el impuesto integrado. No pagarán el impuesto integrado los trabajadores independientes promovidos, los asociados a cooperativas con ingresos dentro del límite de la categoría A y los locadores de inmuebles que no superen los dos inmuebles arrendados.

Detalle de las nuevas categorías

A continuación se presenta la tabla actualizada (valores en pesos argentinos). Los importes están expresados en forma mensual.

CategoríaIngresos brutos anualesImpuesto integradoObra socialAportes jubilatorios
AHasta $1.100.000$0$1.000$0
BHasta $1.500.000$1.800$1.300$150
CHasta $1.950.000$2.350$1.500$200
DHasta $2.500.000$2.900$1.800$250
EHasta $3.150.000$3.500$2.100$300
FHasta $3.900.000$4.150$2.400$350
GHasta $4.800.000$4.800$2.700$400
HHasta $5.850.000$5.500$3.000$450
IHasta $7.000.000$6.250$3.300$500
JHasta $8.300.000$7.050$3.600$550
KMás de $8.300.000$7.950$3.900$600

¿A quién afecta cada ajuste?

Monotributistas que superan los ingresos de la categoría actual. Si tus ingresos anuales superan el límite de la categoría que tenés registrada, deberás recategorizártelo antes del 30 de junio de 2026 para evitar multas y regularizar tu situación.

Responsables inscriptos y profesionales independientes. Los que facturan bajo el régimen de responsable inscripto pueden evaluar la migración al Monotributo si sus ingresos se alinean con los nuevos topes, lo que les permitiría simplificar la carga administrativa.

Locadores de inmuebles. Aquellos que arriendan uno o dos inmuebles y que no superan los ingresos establecidos en la categoría A quedarán exentos del impuesto integrado, pagando solo la obra social y los aportes jubilatorios.

Pasos prácticos para adaptarse a la nueva tabla

  1. Revisá tus ingresos del último año. Confrontá los ingresos brutos declarados con los nuevos topes de cada categoría.
  2. Determina si necesitás recategorización. Si tus ingresos encajan en una categoría superior, ingresá al portal de la AFIP y actualizá tu categoría antes del 30/06/2026.
  3. Considerá la exclusión del impuesto integrado. Si pertenecés a alguno de los grupos exentos (trabajador independiente promovido, asociado a cooperativa en categoría A, locador de hasta dos inmuebles), verificá que tu situación esté correctamente reflejada en la cuenta del monotributo.
  4. Actualizá tus pagos mensuales. Una vez recategorizado, ajustá los pagos automáticos (débitos bancarios, pago vía PagoFácil) con los nuevos valores de impuesto, obra social y aportes.
  5. Consultá a tu contador. Ante cualquier duda, es recomendable contar con asesoramiento profesional para evitar errores en la recategorización y cumplir con la normativa.

Consecuencias de no actualizarse a tiempo

Si el contribuyente mantiene la categoría anterior pese a superar los ingresos, la AFIP puede generar intereses, multas y, en casos extremos, la exclusión del régimen simplificado, obligándolo a migrar al responsable inscripto con una carga fiscal mayor.

Resumen rápido

  • Los ingresos brutos máximos se incrementan en todas las categorías.
  • Los valores a pagar se ajustan para reflejar la inflación.
  • Se mantienen exclusiones específicas para trabajadores promovidos, cooperativas categoría A y locadores de hasta 2 inmuebles.
  • La recategorización debe hacerse antes del 30/06/2026.

En Estudio Contable Dillon estamos a tu disposición para acompañarte en la recategorización, la revisión de tus ingresos y la correcta aplicación de los nuevos parámetros. No dudes en contactarnos para evitar sorpresas y garantizar el cumplimiento de tus obligaciones tributarias.

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Información basada en fuentes públicas. Esta nota es de elaboración propia del estudio y no reproduce ni copia el contenido original.

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