ARCA prorroga presentación de DDJJ Ganancias 2025 y 1.º anticipo 2026
ARCA extiende excepcionalmente los plazos para la DDJJ de Ganancias 2025 y el primer anticipo de 2026. Conocé a quiénes afecta y qué hacer.
18 de septiembre de 2026

¿Qué dispone la Resolución General 5890/2026?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Dirección de Rentas de la Capital (ARCA) emitió la RG 5890/2026, que establece una prórroga excepcional para la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) del Impuesto a las Ganancias correspondiente al ejercicio 2025 y, simultáneamente, para el ingreso del primer anticipo de Ganancias del año 2026.
A quiénes afecta la medida
La ampliación de plazos se aplica tanto a los sujetos que tributan bajo el régimen general como a los que están adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada (RDJS). En consecuencia, la normativa impacta a:
- Personas físicas y sucesiones indivisas que declaran bajo el régimen general.
- Monotributistas que, por su categoría o nivel de ingresos, están obligados a presentar DDJJ de Ganancias.
- Pequeñas y medianas empresas (pymes) y profesionales independientes que utilizan la RDJS.
En otras palabras, la mayoría de los contribuyentes que presentan DDJJ de Ganancias en la Capital Federal estarán cubiertos por esta prórroga.
Los nuevos plazos
Los plazos fijados por la resolución son los siguientes:
- Presentación de la DDJJ de Ganancias 2025: hasta el 22 de septiembre de 2026.
- Ingreso del primer anticipo de Ganancias 2026: hasta el 24 de septiembre de 2026, inclusive.
Ambas fechas son límite absoluto; una vez transcurridas, la AFIP considerará la presentación como fuera de término y aplicará las sanciones previstas.
Qué deben hacer los contribuyentes
Para aprovechar la prórroga sin incurrir en penalidades, se recomienda seguir los siguientes pasos:
- Revisar la situación tributaria: Confirmar que la DDJJ corresponde al año fiscal 2025 y que el contribuyente está incluido en el ámbito de la resolución (régimen general o RDJS).
- Actualizar la información contable: Verificar que los datos de ingresos, deducciones y gastos estén correctos y respaldados por la documentación correspondiente.
- Preparar la DDJJ con anticipación: Utilizar los programas de la AFIP (como “Mis Obligaciones”) para cargar la declaración y generar el formulario electrónico.
- Calcular el anticipo 2026: Aplicar la fórmula de cálculo establecida por la normativa (porcentaje sobre la ganancia estimada) y validar el monto antes de efectuar el pago.
- Realizar el pago dentro del plazo: Utilizar los canales habilitados (billetera virtual, banca electrónica, Pago Fácil, etc.) y conservar el comprobante.
- Guardar la constancia de presentación: Descargar el certificado de DDJJ y el comprobante de pago del anticipo para contar con respaldo ante posibles requerimientos de la AFIP.
Consejos para evitar retrasos de último minuto
El tiempo adicional es una oportunidad para organizarse, pero no debe convertirse en una excusa para postergar la gestión. Algunas buenas prácticas son:
- Planificación mensual: Reservar fechas en la agenda para la revisión de la contabilidad y la generación de la DDJJ.
- Uso de herramientas digitales: Emplear softwares contables que permitan exportar la información requerida por la AFIP de forma automática.
- Asesoramiento profesional: Consultar a tu contador o estudio contable antes del 15 de septiembre para resolver dudas técnicas y validar los cálculos.
- Verificación de la vigencia de la normativa: La prórroga es excepcional; en caso de que la AFIP emita nuevas disposiciones antes de la fecha límite, será necesario cumplir con los requerimientos actualizados.
Impacto práctico para monotributistas y pymes
Para los monotributistas que se encuentran dentro del rango de ingresos que les obliga a presentar DDJJ de Ganancias, la prórroga significa una mayor flexibilidad para conciliar la carga impositiva con la actividad comercial, especialmente en sectores que experimentan variaciones estacionales de ingresos. Las pymes, por su parte, pueden sincronizar la presentación de la DDJJ con la liquidación de otros impuestos (IVA, Ingresos Brutos, etc.) y evitar coincidencias de vencimientos que generen tensiones de flujo de caja.
En cualquier caso, la regla de oro sigue siendo la misma: cumplir dentro del plazo establecido para evitar intereses moratorios y multas que podrían repercutir en la rentabilidad del negocio.
Resumen de acciones clave
- Marcar en la agenda: 22/09/2026 para la DDJJ y 24/09/2026 para el primer anticipo.
- Revisar la información contable y los comprobantes de gastos.
- Utilizar los canales electrónicos de la AFIP para presentar y pagar.
- Conservar certificados y comprobantes por al menos cinco años.
- Consultar a tu profesional contable ante cualquier duda antes de la fecha límite.
Con estos pasos, podés garantizar que la prórroga otorgada por ARCA resulte en una gestión tranquila y sin contratiempos.
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