Se extiende el plazo para presentar el Anticipo 1/2026 del SIFERE
El vencimiento del Anticipo 1/2026 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos se amplía al 20/02/2026, con facilidades para contribuyentes del Convenio Multilateral.
31 de julio de 2026

¿Qué es el SIFERE y a quién afecta?
El Sistema de Información Fiscal de la República Argentina (SIFERE) agrupa a los contribuyentes que tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) bajo el Convenio Multilateral. Este esquema permite la presentación de declaraciones juradas y pagos de anticipos de forma unificada a través de la plataforma web, simplificando la gestión para monotributistas, profesionales independientes, pymes y sociedades que superan el límite de facturación del monotributo.
Antecedentes de la modificación
La Resolución General N° 20/2025 estableció inicialmente los vencimientos del Anticipo 1/2026 para los días viernes 13, miércoles 18 y jueves 19 de febrero de 2026. Sin embargo, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, mediante la Resolución General 4/2026, decidió prorrogar el término hasta el viernes 20 de febrero de 2026.
¿Por qué se amplió el plazo?
La extensión responde a la necesidad de dar mayor margen a los contribuyentes que, por la carga de trabajo de cierre de año fiscal y la complejidad de la carga de datos en el SIFERE, no pudieron cumplir con la fecha límite original. La medida busca evitar sanciones masivas y facilitar la regularización de la carga tributaria.
¿A quiénes les corresponde el Anticipo 1/2026?
- Empresas que tributan el IIBB bajo el Convenio Multilateral.
- Monotributistas que hayan superado los topes de facturación y, por tanto, estén inscriptos en el régimen general del IIBB.
- Profesionales y consultores independientes que facturen a través de una sociedad o CUIT propia y estén obligados al IIBB.
- Pequeñas y medianas empresas (pymes) que operen en actividades gravadas por el IIBB en cualquier jurisdicción adherida al convenio.
Pasos prácticos para presentar el Anticipo dentro del nuevo plazo
- Acceder al portal SIFERE Web: Ingresar con CUIT y clave fiscal. Si aún no tenés clave, solicitarla en AFIP.
- Verificar la categoría del anticipo: En la sección “Anticipos” se muestra el código 01/2026. Confirmar que el importe corresponde a la base gravable del periodo.
- Revisar la liquidación automática: El sistema genera un cálculo preliminar. Comparar con la propia contabilidad para detectar diferencias.
- Corregir posibles errores: Si la liquidación no coincide, ajustar la información de ingresos y deducciones antes de confirmar.
- Proceder al pago: El SIFERE permite pagar con débito automático, tarjeta o generar una orden de pago (DJ). Conservar el comprobante.
- Guardar la constancia: Descargar la declaración jurada y el comprobante de pago. Es necesario para eventuales auditorías.
Consecuencias de presentar fuera de término
Si la presentación y el pago se realizan después del 20 de febrero de 2026, el contribuyente se expone a:
- Multa del 1,5 % sobre el importe del anticipo, incrementándose mensualmente hasta 15 %.
- Intereses moratorios diarios calculados con la Tasa de Interés Simple (TIS) vigente.
- Posible inscripción en el Registro de Deudores Fiscales, lo que puede dificultar la obtención de créditos.
Recomendaciones finales
Para evitar sanciones, es fundamental planificar con anticipación la carga de datos en el SIFERE y validar los cálculos con tu estudio contable. Si tenés dudas sobre la base imponible o la correcta clasificación de actividades, consultá a tu contador antes de la fecha límite.
En caso de que ya se haya generado una presentación incorrecta, es posible presentar una rectificación dentro del mismo periodo, siempre que se haga antes del 20 de febrero de 2026. La rectificación no genera costos adicionales, pero sí implica volver a validar toda la información.
En resumen, la ampliación del plazo brinda un respiro, pero no elimina la obligación de cumplir con el anticipo. Aprovechá la nueva fecha límite para revisar tu situación fiscal, efectuar el pago correspondiente y mantener tu empresa al día con sus obligaciones tributarias.
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