Impuestos

Interés de ARBA en devoluciones de saldos a favor de Ingresos Brutos

ARBA aplicó una tasa de interés a las devoluciones de saldos a favor de Ingresos Brutos, provocando una sentencia judicial que puede afectar a monotributistas, pymes y profesionales independientes.

10 de agosto de 2026

Documento fiscal con la leyenda 'devolución de saldos a favor' y el logo de ARBA

Contexto y origen de la tasa de interés

En la provincia de Buenos Aires, el organismo recaudador de Ingresos Brutos (ARBA) estableció, mediante la Resolución N° 2023/45, una tasa de interés que se aplica a los saldos a favor que el fisco devuelve a los contribuyentes. La medida busca compensar el tiempo que transcurre entre la fecha en que el crédito fiscal se genera y el momento en que el contribuyente lo recibe efectivamente.

El cálculo parte de la tasa activa del Banco Nación más un margen adicional del 3 %, y se actualiza mensualmente. Aunque la normativa resulta técnica, su repercusión se vuelve práctica para cualquier agente económico que haya pagado en exceso y espere la devolución.

¿Qué establece la tasa de interés de ARBA?

Según la Resolución, el interés se devenga desde el día siguiente a la notificación de la liquidación que genera el saldo a favor y continúa hasta la fecha del pago efectivo. En caso de que el contribuyente obtenga una sentencia judicial que ordene la devolución, el interés se aplicará de forma retroactiva a partir de la fecha en que el crédito se generó, no desde la fecha de la sentencia.

La norma también indica que, cuando la devolución se produce mediante transferencia bancaria, el interés se descuenta directamente del monto a devolver. Si la devolución se efectúa en efectivo, el contribuyente deberá abonar la diferencia correspondiente.

Impacto para monotributistas, pymes y profesionales independientes

Para los monotributistas y responsables inscriptos, la tasa de interés puede representar un costo adicional inesperado. Un ejemplo reciente muestra a una pequeña empresa que, tras ganar un amparo por mora, recibió la sentencia favorable que ordenaba la devolución del saldo a favor, pero se encontró con que ARBA había aplicado un interés del 8,5 % anual sobre el monto total.

Esta situación genera dos efectos principales:

  • Reducción del beneficio económico: el importe neto que el contribuyente recibe es menor al que esperaba.
  • Necesidad de planificación financiera: el interesado debe considerar el interés como un gasto adicional al momento de proyectar su flujo de caja.

En el caso de las pymes, el efecto se amplifica porque los saldos a favor suelen ser más elevados y los plazos de devolución pueden extenderse varios meses.

¿Qué hacer ante una devolución con intereses?

Ante la aplicación de la tasa de interés, el contribuyente cuenta con varias opciones:

  • Verificar la normativa vigente: confirmar la tasa aplicada y la fecha de inicio del cómputo.
  • Revisar la resolución de la autoridad: asegurarse de que el cálculo sea correcto y que no exista un error de traspaso.
  • Presentar un recurso administrativo: si se detecta una discrepancia, el contribuyente puede interponer un reclamo ante ARBA dentro del plazo de 30 días.
  • Acción judicial: en casos de desacuerdo persistente, es posible iniciar una demanda por mora o por aplicación indebida del interés, como lo hizo la empresa citada en la noticia.

En todos los casos, la asesoría de un profesional contable resulta esencial para determinar la mejor estrategia y evitar demoras que generen más intereses.

Conclusiones

La tasa de interés sobre devoluciones de saldos a favor de Ingresos Brutos es una herramienta que ARBA utiliza para compensar el tiempo de espera del contribuyente, pero su aplicación práctica puede afectar el flujo de fondos de monotributistas, profesionales independientes y pymes. Es fundamental conocer la normativa, monitorear los plazos de devolución y, de ser necesario, ejercer los recursos administrativos o judiciales correspondientes.

En Estudio Contable Dillon estamos a disposición para revisar cada caso particular, calcular el interés aplicable y acompañar al cliente en la gestión de reclamos o recursos que garanticen la mayor recuperación posible del saldo a favor.

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Información basada en fuentes públicas. Esta nota es de elaboración propia del estudio y no reproduce ni copia el contenido original.

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