Nuevo Sistema de Cumplimiento Antilavado para Cooperativas y Mutuales
El INAES lanza el Sistema de Cumplimiento LA/FT/FP que unifica y simplifica las obligaciones informativas de cooperativas y mutuales.
5 de agosto de 2026

¿Qué es el nuevo Sistema de Cumplimiento?
El Instituto Nacional de Asuntos Económicos y Sanitarios (INAES) aprobó, mediante la Resolución 1567/2026, un Sistema de Cumplimiento en Prevención de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Proliferación de Armas (LA/FT/FP). Este sistema sustituye y unifica las obligaciones que antes estaban diseminadas en la Resolución UIF 99/2023, simplificando la forma en que cooperativas y mutuales entregan la información requerida por la Unidad de Información Financiera (UIF).
¿A quiénes afecta?
Están obligadas a inscribirse y reportar a través del nuevo módulo del INAES:
- Cooperativas de trabajo, consumo, crédito y otras modalidades registradas bajo la Ley 20.337.
- Mutuales que prestan servicios de salud, seguros, crédito o asistencia social.
- Entidades que, aunque no se consideren cooperativas, realicen actividades de otorgamiento de préstamos o de gestión de fondos de sus socios.
Si bien la norma está dirigida a estas organizaciones, los contadores y asesores de pymes, profesionales independientes y monotributistas que colaboran con cooperativas o mutuales deben conocerla para orientar a sus clientes.
Cómo funciona el módulo del INAES
El sistema se encuentra disponible en la página del INAES bajo el Módulo II. En él se integran cuatro anexos obligatorios y un módulo de Reporte de Operaciones Suspechas (R.O.S.):
- Anexo I: Información institucional, datos del oficial de cumplimiento y montos totales de préstamos otorgados.
- Anexo II: Declaración jurada de Personas Expuestas Políticamente (PEP) vinculadas a la entidad.
- Anexo III: Detalle de representantes legales, gerentes y apoderados con uso de firma electrónica.
- Anexo IV: Titularidad del capital social, incluyendo socios y beneficiarios finales.
- R.O.S.: Registro de operaciones que pudieran resultar sospechosas según los criterios de la UIF.
Pasos prácticos para cumplir con la norma
1. Registro previo: Ingresar al portal del INAES y crear una cuenta institucional con la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la cooperativa o mutual.
2. Designar un oficial de cumplimiento: La entidad debe nombrar a una persona responsable del cumplimiento LA/FT/FP y cargar su CV y certificaciones en el Anexo I.
3. Recopilar la información requerida para cada anexo. Se recomienda contar con un archivo maestro que incluya:
- Datos de socios (nombre, documento, porcentaje de participación).
- Listado de PEP y su relación con la entidad.
- Historial de préstamos concedidos en el último ejercicio fiscal.
- Identificación de representantes con firma electrónica.
4. Completar y validar los anexos en la plataforma. El sistema realiza validaciones automáticas; si detecta inconsistencias, muestra un mensaje de error que debe corregirse antes de la presentación.
5. Presentar el Reporte de Operaciones Suspechas (R.O.S.) cuando corresponda. La carga es obligatoria solo si se identifican operaciones que cumplan los umbrales de riesgo definidos por la UIF.
6. Conservar la documentación durante al menos cinco años, tal como lo exige la normativa de prevención del lavado de activos.
Plazos y sanciones
La Resolución 1567/2026 establece que la presentación de los cuatro anexos y, en su caso, del R.O.S., debe realizarse anualmente antes del 30 de junio del año siguiente al ejercicio que se informa. En caso de incumplimiento, la UIF puede imponer sanciones que van desde multas de 0,5% a 2% de los ingresos brutos de la entidad, hasta la suspensión de la actividad.
Consejos para minimizar riesgos
- Implementar políticas internas de identificación y verificación de socios y clientes, alineadas con las directrices de la UIF.
- Capacitar al personal en detección de señales de lavado de dinero y financiación del terrorismo.
- Utilizar software contable que permita generar reportes consolidados de préstamos y de titularidad de capital.
- Establecer procedimientos de auditoría interna para revisar la exactitud de los datos antes de la carga en el portal.
¿Qué deben hacer los profesionales contables?
Los contadores que asesoren a cooperativas y mutuales deben:
- Verificar que la entidad cuente con un oficial de cumplimiento debidamente registrado.
- Revisar que la información de los anexos sea coherente con los libros contables y societarios.
- Apoyar en la generación del R.O.S., asegurándose de que se documenten los criterios de sospecha.
- Recordar a sus clientes los plazos de presentación y las consecuencias de no cumplir.
Con una planificación anticipada y el acompañamiento de un profesional, la carga de información en el nuevo Sistema del INAES se vuelve una tarea rutinaria y sin sobresaltos.
Resumen rápido
- Qué: Nuevo Sistema de Cumplimiento LA/FT/FP del INAES (Resolución 1567/2026).
- Quién: Cooperativas y mutuales (y sus socios, representantes y PEP).
- Cuándo: Declaración anual antes del 30/06 del año siguiente.
- Cómo: A través del Módulo II del portal del INAES, completando los Anexos I‑IV y el R.O.S. si corresponde.
- Penalidad: Multas y posible suspensión por incumplimiento.
Mantenerse al día con este requerimiento es fundamental para evitar sanciones y garantizar la transparencia en la gestión de cooperativas y mutuales.
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