Impuestos

Se amplía hasta el 20/02/2026 el plazo para el Anticipo 1/2026 del Convenio Multilateral (SIFERE)

El vencimiento del anticipo 01/2026 del IIBB se prorroga al 20 de febrero de 2026. Conocé cómo presentar y pagar a tiempo sin incurrir en intereses ni multas.

7 de agosto de 2026

Calendario con la fecha límite del 20 de febrero de 2026 para el anticipo 1/2026

¿Qué es el Convenio Multilateral y quiénes están obligados?

El Convenio Multilateral (SIFERE) es el régimen que agrupa a los entes provinciales que perciben el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB). A través de una plataforma única –SIFERE Web– los contribuyentes pueden presentar sus declaraciones juradas y efectuar los pagos correspondientes a cada jurisdicción.

Quedan comprendidos en este esquema los responsables inscriptos, profesionales independientes y pymes que, aunque no tributen bajo monotributo, sí están obligados a pagar el IIBB en las provincias adheridas.

Antecedentes de la prórroga

Según la Resolución General N° 20/2025, el plazo original para la presentación de la declaración jurada y el pago del Anticipo 1/2026 estaba fijado para los días 13, 18 y 19 de febrero de 2026. Sin embargo, la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, mediante la Resolución General 4/2026, decidió extender ese vencimiento hasta el viernes 20 de febrero de 2026.

¿A quién afecta esta ampliación?

La medida impacta a todos los contribuyentes que:

  • Tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Convenio Multilateral.
  • Tienen obligación de presentar la declaración jurada del Anticipo 1/2026.
  • Debían realizar el pago antes del 19 de febrero, pero ahora pueden hacerlo hasta el 20 inclusive.

Los monotributistas que no están inscriptos en IIBB no se ven afectados por esta disposición.

¿Qué implica presentar en término?

Presentar "en término" significa que la declaración jurada y el pago se realizan dentro del plazo establecido por la autoridad. Cumplir con esta obligación evita:

  • Intereses moratorios por pago tardío.
  • Multas o recargos que la normativa provincial puede aplicar.
  • Posibles restricciones en la emisión de facturas o en la obtención de constancias de situación fiscal.

Pasos prácticos para cumplir con la nueva fecha límite

  1. Acceder a SIFERE Web: Ingresá con tu CUIT y clave tributaria. Si aún no tenés clave, podés solicitarla en la página oficial del organismo de tu provincia.
  2. Verificar la información registrada: Revisá que los datos de actividad, domicilio y códigos de actividad (código de actividad económica – CIIU) estén correctos. Un dato incorrecto puede generar rechazos o ajustes posteriores.
  3. Calcular el anticipo: El sistema permite generar automáticamente el importe a pagar, teniendo en cuenta las alícuotas provinciales y la facturación del período correspondiente.
  4. Generar la declaración jurada: Completa los campos solicitados y guarda el comprobante de presentación. Este documento será tu respaldo ante cualquier eventualidad.
  5. Realizar el pago: Podés abonar a través de la misma plataforma (cobro electrónico) o mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por cada provincia. Recordá conservar el comprobante de pago.
  6. Confirmar la operación: Después del pago, el portal mostrará el estado "Pagado en término". Imprimí o guardá el PDF para tus archivos contables.

Consecuencias de presentar fuera de término

En caso de que la presentación o el pago se realice después del 20 de febrero, la normativa establece:

  • Un interés moratorio que se calcula diariamente a partir del día siguiente al vencimiento.
  • Un recargo fijo que varía según la provincia (generalmente entre el 1% y el 2% del impuesto adeudado).
  • Posibles sanciones adicionales en caso de reincidencia.

Es importante destacar que la Comisión Arbitral ha subrayado que la prórroga es una medida excepcional, por lo que se espera que la mayoría de los contribuyentes regularicen su situación antes del nuevo límite.

Recomendaciones finales

Planificá con anticipación: Aunque el plazo se ha extendido, es aconsejable no postergar la gestión hasta el último día. Un contratiempo técnico o una demora bancaria pueden impedir el cumplimiento.

Consultá con tu contador: Un profesional actualizado podrá validar que la alícuota aplicada sea la correcta y que la base imponible esté bien determinada.

Mantené la documentación organizada: Guardá tanto la constancia de presentación como el comprobante de pago en tus archivos contables. Esto simplifica la conciliación y evita reclamos futuros.

En resumen, la prórroga hasta el 20 de febrero de 2026 brinda un margen adicional para que los contribuyentes del Convenio Multilateral presenten y paguen el Anticipo 1/2026 sin incurrir en costos adicionales. Aprovechá este tiempo para revisar tus datos, generar la declaración y efectuar el pago de forma segura.

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#Convenio Multilateral#IIBB#Anticipo 1/2026#plazo#SIFERE

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Información basada en fuentes públicas. Esta nota es de elaboración propia del estudio y no reproduce ni copia el contenido original.

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